Datos obligatorios que debe incluir el DeCA

La Orden FOM/2861/2012 fija el contenido mínimo del documento de control. Estos son los datos de su artículo 6 en la versión vigente, tras la modificación del Real Decreto 70/2019.

Contenido mínimo (artículo 6)

  1. Cargador contractual: nombre o denominación social, NIF y domicilio.
  2. Transportista efectivo: nombre o denominación social y NIF.
  3. Lugar de origen y de destino del envío.
  4. Naturaleza y peso de la mercancía. Si por las circunstancias de la carga es difícil conocer el peso exacto, se busca otra magnitud para determinarlo.
  5. Identificación de la autorización especial de circulación, cuando el vehículo circule amparado por una expedida por el órgano de tráfico.
  6. Fecha de realización del transporte del envío.
  7. Matrícula del vehículo. En un conjunto articulado, la del vehículo tractor y la del semirremolque o remolque. Si cambia el vehículo una vez iniciada la operación, la empresa de transportes debe hacerlo constar.
  8. Observaciones o reservas, si los intervinientes lo solicitan.

Fuente: artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012, texto consolidado.

Quién responde de cada dato

Según el artículo 7, en su redacción vigente desde el 29 de marzo de 2026, el cargador contractual responde de la inexactitud o la falta de los datos de los puntos 1, 2, 3 y 4. El transportista efectivo responde de los puntos 5, 6 y 7. De lo que se incluya como observaciones (punto 8) responde quien lo incluya.

Dos ejemplares y conservación

Hay que emitir dos ejemplares: uno queda en poder del cargador contractual y otro del transportista efectivo, que lo lleva a bordo durante el transporte. Ambos deben conservar un ejemplar o copia al menos un año, a disposición de la Inspección del Transporte Terrestre.

Puedes usar otros formatos de documento

La Resolución de 5 de junio de 2026 admite usar el formato de una carta de porte, de un documento de transporte ADR, del documento de identificación de residuos, del documento de subproductos animales (SANDACH) o de cualquier otro documento de transporte, siempre que incluya todos los datos anteriores y que el cargador contractual y el transportista efectivo estén identificados de forma expresa y diferenciada.

Para saber cómo generarlo, mira cómo hacer un DeCA.

Fuentes oficiales

Información orientativa basada en los textos consolidados de las normas citadas en BOE.es, consultados el 1 de octubre de 2026. No es asesoramiento jurídico.